Mandos para la Policía Local de Torrevieja

José Manuel Dolón García
Concejal de Los Verdes en el Ayuntamiento de Torrevieja

La reciente sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante, que ratifica en todos sus aspectos la ya dictada por el Juzgado de Primera Instancia número tres de Torrevieja, debería servir, de una vez por todas, para que el Ayuntamiento de Torrevieja atienda la petición que Los Verdes venimos haciendo desde hace años y que no es otra que la de cubrir las vacantes existentes en la escala de mandos profesionales y en la plantilla de agentes de la Policía Local de Torrevieja, para que dicho cuerpo policial cuente con todos los efectivos necesarios para poder ejercer sus funciones con plena eficacia y operatividad.
Es muy frecuente que por estos pagos se intente criminalizar al mensajero y convertir lo que es una obligación de control y denuncia en una especie de persecución personal. En el fondo, lo que siempre hemos pretendido desde Los Verdes es que se acabe con la situación de interinidad y transitoriedad existente en aquella escala de mandos para que, de esta forma, la plantilla policial pueda ser completada con todos los efectivos contemplados en la Ley de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Valenciana. Siempre insistimos, seguimos insistiendo, y las sucesivas sentencias sancionan esa insistencia, en recordar lo esencial de esa ley, que no es otra cosa que poner de manifiesto que todos los policías, y muy especialmente los máximos mandos y responsables, deben disponer de la preceptiva preparación y titulación académica, habiendo superado, como es lógico, tanto los requisitos como las pruebas y exámenes previstos. Éste, por cierto, es el único camino para respetar uno de los pilares donde se asienta la Constitución: igualdad, mérito y capacidad (e información), que se exigen para poder acceder al ejercicio de la función pública.
Mantener situaciones como la existente en Torrevieja, donde parte de los mandos de la Policía Local ejercen sus cargos, como dice la sentencia citada, de «forma interina, provisional y accidental» indefinidamente o en comisión de servicio permanente, no beneficia a nadie y sólo puede traer consecuencias no deseadas pese al esfuerzo de los interesados.
Todo el mundo sabe perfectamente que no es capricho del legislador establecer determinadas condiciones para el diseño de la carrera profesional de los funcionarios, encontrándose entre ellas los requisitos de titulación académica, cualificación profesional, preparación, etc. La Ley de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Valenciana no es una excepción y los tres magistrados de la Sección Novena de la Audiencia no pueden ser más contundentes al respecto, cuando en los fundamentos de derecho de la reiterada sentencia afirman: «la falta de formación de estos profesionales incide en su profesionalidad, y comparando esta situación con poner a un menor al volante de un autobús, críticas y comentario que se consideran legítimos en asuntos de indudable interés público…, en cuanto el hecho comentado no afecta a su vida privada o familiar, sino profesional o de mando de la Policía Local».
Tras esta segunda sentencia, la pelota vuelve a estar de nuevo en el tejado del alcalde, que tendrá que decidir entre mantener la actual situación de precariedad o convocar y cubrir las plazas de la escala de mandos que deben de estar al frente de la Policía Local de Torrevieja. Si finalmente se decide por cubrir los puestos vacantes tal y conforme estipula la legislación vigente, los ciudadanos y la propia Policía Local se lo agradecerán.

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