¿Son cosas normales?

Cuando comenzó la investigación y detención del ex-tesorero del PP Bárcenas, y tras mostrar aquellos papeles manuscritos donde, según indican, aparecían los pagos en dinero «B» a miembros del PP, yo me llené de asombro al ver que un juez los tomaba como prueba. Me explico: en cualquier contabilidad, sea manuscrita o mecanizada por ordenador, según el ICAC (Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas), así como también la Ley, no puede existir ningún asiento contable que no esté respaldado por un soporte del mismo, o sea, si tú contabilizas un pago, tienes que tener en tu poder el recibo o factura correspondiente al mismo, si no, el asiento contable no es válido. De ahí mi extrañeza que los periódicos y medios audiovisuales, mostraban los papeles manuscritos, pero ninguno mostró ningún recibo o factura que justificara dicha contabilidad, por lo tanto, el Juez debió considerarla como nula. Ustedes fíjense si yo cojo un folio y, en él, comienzo a escribir que cualquiera de ustedes me debe dinero o yo le he entregado cantidades desorbitadas para blanquear dinero sucio, ¿tendría esto validez? ¿Verdad que no?
Lo que han servido esos papeles es para seguir una trama de blanqueo de capitales que Bárcenas puede haber llevado a cabo a través del producto de  sus fincas en Sudamérica camino de Suiza o cualquier otro paraíso fiscal, que es lo que han descubierto las autoridades fiscales.
No es extraño que aquellas personas que han intervenido en las construcciones del PP se hayan beneficiado engordando los importes y falsificando facturas, pero de eso no tiene culpa dicho partido, solamente como responsable subsidiario por no haber controlado y vigilado dichas obras y confiar en las personas avariciosas de lo ajeno, por eso el Juez le ha puesto una multa de 1.200.000,00 euros.
Existen muchos responsables subsidiarios ante la Agencia Tributaria, por ejemplo, las asesorías fiscales, cuando le ponen a uno o a una empresa una sanción monetaria, si la culpa es de un mal asesoramiento fiscal, debe pagarla la asesoría y no el afectado. También los bancos son responsables subsidiarios del cobro de impuestos por cuenta de la Agencia Tributaria y, si se hace un mal uso de ellos, deberá pagarlo el banco y no el contribuyente. Existe legislación sobre este tema por lo que no estoy diciendo ninguna barbaridad. Una empresa en la que yo participaba, una asesoría de Alicante, se equivocó en la confección de los seguros sociales y se nos puso una sanción de 400.000 pesetas, en aquellos tiempos, importe que pagara sin rechistar la dicha asesoría.
He leído varios tratados sobre fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro, las cuales solamente pagan impuestos sobre aquellas operaciones de ámbito mercantil que pueden efectuar para incrementar los ingresos de la entidad y no así de sus objetivos.
Hace unos días estuve en Madrid para recibir tratamiento en una clínica, donde tengo que ir cada tres meses, y aproveché la ocasión para realizar un curso de 8 horas lectivas continuadas, con excepción de 30 minutos para comer. Dicho curso era el nuevo Plan Contable y Memorias Anuales para este tipo de empresas y, en ellas, existe una máxima que es la principal y es la «transparencia», cosa que alguna o algunas han olvidado y han cometido faltas gravísimas en las que sus patronos o colaboradores se han visto obligados a abandonar.
Una asociación o, especialmente, una fundación, tiene que tener en cuenta tres objetivos fundamentales que, precisamente el Señor Montoro las ha puesto como obligatorias en el plan de contabilidad pública para las Haciendas Locales y que son:
Economía
Eficiencia
Eficacia
Paso a explicar cada una de ellas: La primera consiste en llevar un exhaustivo control del gasto, pues, ya lo dice la palabra, «economizar», o sea, gastar lo preciso, pero no lo que no hace falta.
La segunda consiste en realizar un objetivo con los menores recursos económicos o, con los mismos recursos, realizar un objetivo mayor. Pongo un ejemplo: Para hacer una zanja de 15 metros, se han empleado 5 hombres, la eficiencia está en que esos 5 hombres hagan con el mismo coste 20 metros.
Y la última tiene por objeto el conseguir un objetivo cueste lo que cueste, su finalidad es llegar a la meta establecida por cualquier medio.
No lo digo yo, sino la Agencia Tributaria. Tuve que consultar un hecho a dicho organismo y fue: que un empleado se hizo con información de una entidad; yo, pensando que esto podría ser delito, realicé la consulta a dicha Agencia y se me contestó que las cuentas eran públicas y que había la obligación de publicarlas en algún medio de comunicación, bien prensa, página web, o audiovisuales, por lo que lo que hizo este empleado no era delito.
De aquí viene lo que decía anteriormente, lo que da categoría a una entidad, especialmente las de sin ánimo de lucro, es la «TRANSPARENCIA».

Carlos García

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